Son siete tipos de pensiones los que permiten el acceso total de sus fondos de Seguro de Cesantía a los usuarios. Conoce a continuación cómo realizar el trámite.
Todos los meses los trabajadores recaudan el 3% de su sueldo a la
Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), quienes
en caso de desempleo dividen ese monto y lo entregan al usuario cada mes
hasta que vuelva a encontrar trabajo.
Sin embargo, una vez que se pensionan, quienes están pronto a jubilarse pueden retirar
la totalidad de sus fondos o incluso traspasarlos de forma parcial o completa, independientemente de si deciden seguir trabajando o no. Esto incluye a los trabajadores de casa particular.
¿Quiénes pueden retirar la totalidad de sus fondos?
- Todos aquellos que reciban una pensión de vejez, invalidez total o invalidez parcial definitiva a través de una Aseguradora de Fondos y Pensiones (AFP), siempre y cuando acrediten la situación mediante un certificado emitido por la entidad.
En el caso de la invalidez parcial definitiva, el saldo retenido
debe estar obligatoriamente liberado para hacer valer el beneficio.
Las personas que tengan pensiones preliminares, por invalidez total causado en accidentes de trabajo o enfermedades profesionales pagadas por la
Mutual de Seguridad, la Asociación Chilena de Seguridad (
ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (
IST) y el Instituto de Seguridad Laboral (
ISL)
no pueden retirar los fondos disponibles en sus Cuentas Individuales de Cesantía.
Tampoco pueden hacerlo quienes reciban
pensiones de gracia, reparación, exonerados políticos, viudez o víctimas presentes en las comisiones Rettig y Valech.
¿Cómo se obtiene el beneficio?
Quienes quieran hacer valer esta opción pueden hacerlo mediante
el portal de la AFC con su clave única e ingresar la solicitud,
o de manera presencial en todas las sucursales. En ambos casos deben presentar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad vigente.
- Última liquidación de pago de pensión.
- Certificado de resolución de pensión emitido por AFP, IPS o Cajas de Previsión según corresponda, que indique la fecha de inicio de la pensión y el tipo de pensión que recibe.
- De ser el caso, el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva emitido por la AFP.
- En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.