Pensión de gracia: Conoce cómo postular a este beneficio otorgado por el Presidente - Chilevisión
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11/08/2024 13:21

Pensión de gracia: Conoce cómo postular a este beneficio otorgado por el Presidente

Se trata de una ayuda económica otorgada por el Presidente de la República que se facilita de manera extraordinaria y en determinadas circunstancias a las personas, aunque bajo ciertos requisitos.

Publicado por Iván Briceño Báez

Una pensión de gracia es un beneficio monetario que puede ser entregado por el Estado, a través del presidente de la República. Su monto es variable y no corresponde a una remuneración

Para acceder a esta ayuda económica existen diferentes motivos y será en relación a este que se podrá definir el periodo de tiempo por el que será otorgada. Incluso, puede ser vitalicia.

Sin embargo, entre sus limitaciones, el beneficio no es heredable y es incompatible con otros aportes como el bono de invierno, aguinaldos, asignaciones familiares, ni cuota mortuoria.

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¿Quién puede postular a una Pensión de Gracia?

En concordancia con lo establecido en la Ley N°18056, podrán solicitar una pensión de gracia las personas que:

  • Hubiesen prestado servicios distinguidos
  • Hayan realizado actos meritorios en beneficio del país
  • Resulten afectados por catástrofes o accidentes (donde existen circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de la pensión)
  • Se encuentren incapacitadas o con graves e insalvables dificultades para ejercer una actividad remunerada que posibilite su subsistencia y la de su grupo familiar
  • Resulten afectadas por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameritan la entrega de este beneficio

¿Quién NO puede acceder a una pensión de gracia?

No procede la asignación de una pensión de gracia cuando la persona puede acceder a los siguientes beneficios

  • Pensiones básicas solidarias de vejez o invalidez
  • Pensión otorgada a través de AFP o del IPS (ex INP)
  • Subsistencia en base a remuneraciones de instituciones privadas o públicas
  • Pensión otorgada por una institución privada

Se descartará también a quienes posean una renta o patrimonio que permita cubrir las propias necesidades de subsistencia.

¿Cómo postular?

Para comenzar el trámite y acceder a una pensión de gracia, el peticionario debe enviar una carta al Presidente de la República, la que debe ser enviada al Palacio de la Moneda (s/n°, Santiago).

En el escrito se deben indicar los datos completos (nombre, cédula de identidad, domicilio, teléfono, etc.) y el motivo invocado para solicitar este beneficio, de acuerdo a lo expuesto.