La investigación realizada detectó una serie de faltas a la Ley del Consumidor, por lo que las empresas involucradas arriesgan multas de hasta 300 UTM, sin contar las compensaciones a los usuarios.
Este martes, el
Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) denunció a
13 empresas por
infracciones a la
Ley del Consumidor en torno a la
aplicación indebida al exigir la boleta de compra a los consumidores en la salida de los establecimientos.
Tras una serie de denuncias, el organismo realizó un oficio que incluyó más de
50 fiscalizaciones en las que se
solicitaron documentos y análisis a sus sistemas de seguridad y vigilancia.
¿Cuáles son las empresas involucradas?
Se trata de cinco supermercados y siete tiendas de retail a las que se les acusa de
falta de información, trato discriminatorio e irrespeto a la dignidad de las personas, arriesgando multas de hasta 300 UTM, es decir, más de $19 millones sin contar las compensaciones al consumidor.
Los supermercados denunciados son:
- Híper Líder y Líder Express.
- Unimarc.
- Super 10, perteneciente a Mayorista 10.
- Tottus.
- Acuenta.
Las tiendas del retail involucradas son:
- La Polar.
- Corona.
- Falabella.
- Ripley.
- Easy.
- Homecenter Sodimac.
- Construmart.
"La exigencia formulada a todos los consumidores que salen de un local comercial, de mostrar sus respectivas boletas de compra para acreditar la adquisición de los productos que portan, no solo resulta
desproporcionada y poco profesional, sino que implica someter a los consumidores a situaciones de estrés", señaló el director nacional de
Sernac,
Andrés Herrera.
En esa misma línea, agregó: "Además pueden dar pie a malos tratos o dejar la puerta abierta a
discriminaciones arbitrarias o actuaciones vejatorias, pues ello queda a criterio, en última instancia, del guardia que exige dicha boleta".
El análisis del organismo determinó que se aplicaba la revisión de boleta principalmente a personas que adquirieron
objetos de alto valor o de gran tamaño, que no llevaban bolsa o a
personas jóvenes, a quienes no se les informaba sobre la voluntariedad del procedimiento.
Es por ello que el organismo enfatizó en que la
Ley Zamudio aclara y delimita lo que se considera una
"discriminación arbitraria" e hizo un llamado
a informarse antes de acudir a tribunales.
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