De acuerdo a la legislación actual, izar la bandera durante el 18 y 19 de septiembre es obligatorio en nuestro país y, en el caso de no hacerlo, puedes arriesgar multas. Desde el Gobierno entregaron una serie de recomendaciones, que puedes revisar aquí.
Como es tradición, cada año en las Fiestas Patrias (18 y 19 de septiembre) se debe izar la bandera en las casas, edificios o lugares de residencia, según lo establece el Decreto de Ley 1.534 creado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Ante esta exigencia, el Gobierno entregó una serie de recomendaciones para posicionar de manera correcta la bandera a través de su cuenta de Twitter.
"El no hacerlo, o realizarlo de manera incorrecta, puede conllevar multas", explicaron desde el Ejecutivo.
Asimismo, indicaron que existen tres formas correctas de hacerlo: la primera es en el caso de que esté izada, debe estar a tope con el mástil y este tiene que ser blanco. Otra de las alternativas es colgada de manera horizontal, allí debe estar siempre de frente.
Finalmente, la tercera opción es ubicarla colgando verticalmente, en ese caso "la estrella de la bandera también debe quedar en la esquina superior izquierda".
¿Sabías que por ley es obligatorio instalar o izar la bandera el 18 y 19 de septiembre en 🇨🇱, tanto en lugares públicos como privados?
El no hacerlo, o realizarlo de manera incorrecta, puede conllevar multas. Revisa este hilo y aprende cómo instalarla👇 #FiestasPatrias
(Hilo 1/4) pic.twitter.com/cPQSL76Ngc— Gobierno de Chile (@GobiernodeChile) September 16, 2022
Cuando está colgada de manera horizontal, la bandera debe verse así si la miramos desde el frente 👇 #FiestasPatrias pic.twitter.com/iFd9An2xWo— Gobierno de Chile (@GobiernodeChile) September 16, 2022
En el caso de estar colgada verticalmente, la estrella de la bandera también debe quedar en la esquina superior izquierda 👇 #FiestasPatrias pic.twitter.com/E0cWojhlNU— Gobierno de Chile (@GobiernodeChile) September 16, 2022
De acuerdo con la ley 20.537 sobre el uso e izamiento del pabellón, izar la bandera “será obligatorio en las oportunidades o efemérides que determine el reglamento”. En este caso, se debe realizar los días 18 y 19 de septiembre.
En caso de no cumplir con estos requerimientos, el dueño o administrador de un inmueble arriesga multas que van desde las 1 a las 5 UTM (de $59.595 hasta los $297.975).
Cabe mencionar que Carabineros de Chile es el ente encargado de fiscalizar el correcto cumplimiento de la normativa.