El máximo tribunal argumentó que los retratos no constituyen homenajes, sino registros históricos de quienes estuvieron a la cabeza de la Armada de Chile y Carabineros.
La Corte Suprema revocó una sentencia que prohibía la exhibición en recintos militares de retratos de líderes del Golpe de Estado ocurrido el 11 de septiembre de 1973 y posterior dictadura.
El máximo tribunal argumentó que los retratos al óleo del almirante José Toribio Merino, uno de los principales instigadores de la sublevación de las fuerzas armadas, además de César Mendoza y Rodolfo Stange, no constituyen homenajes, sino registros históricos de quienes estuvieron a la cabeza de la Armada de Chile y Carabineros, se informó.
En cambio, una opinión distinta entregó Luis Rendón, en declaraciones recogidas por Radio Cooperativa, el abogado de la Fundación Memoria Histórica: "No podemos compartir el argumento para revocar las sentencias de la Corte de Santiago. No se mandan a hacer retratos al óleo de personajes simplemente para dejar registrada su existencia", manifestó.
Luis Rendón agregó que estas obras de arte buscan enaltecer la imagen de ciertos individuos y así son exhibidas. "Lo que hace la Corte es normalizar la imagen de personajes responsables de políticas criminales".
Por último, el abogado manifestó al citado medio que es penosa la situación, ya que afirmó que tanto Merino como Mendoza usurparon el mando de sus instituciones y por esa razón adicional, tampoco debiesen estar junto a mandos institucionales legítimos.