La Séptima Sala del tribunal determinó que "la información solicitada tiene carácter público y no se encuentra sujeta a ninguna causal de reserva", luego de que la institución rechazara el reclamo interpuesto por el general director Ricardo Yáñez.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones ordenó a Carabineros que entregue los registros de cámaras corporales, material que fue solicitado por ley de transparencia.
La decisión fue adoptada por la Séptima Sala, donde se desestimó la reclamación planteada por la propia institución policial.
El tribunal estableció que "la información solicitada tiene carácter público y no se encuentra sujeta a ninguna causal de reserva".
El reclamo de presunta ilegalidad había sido interpuesto por el general director de Carabineros, el general Ricardo Yáñez, en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT), el que solicitó entregar los registros de los funcionarios que participaron en detenciones entre el 18 de octubre de 2019 y el 1 de marzo de 2020, en procedimientos en la Región Metropolitana.
Específicamente, se pidieron las grabaciones de los efectivos que estuvieron en las intersecciones de la avenida Vicuña Mackenna y calle Carabineros de Chile, y la intersección de la Avenida Libertador Bernardo O'Higgins y calle Ramón Corvalán Melgarejo.
El fallo establece de la Corte estableció que "el reclamo de ilegalidad regulado en el artículo 28 de la Ley de Transparencia es un recurso de derecho estricto, ajeno en todo aspecto, a un recurso de apelación que genera una segunda etapa procesal".
“Se rechaza el reclamo de ilegalidad interpuesto por Ricardo Yáñez Reveco, General Director de Carabineros de Chile, en contra de la Decisión de Amparo Rol C8051-2020, de 02 de febrero de 2021, adoptada por el Consejo para la Transparencia, que acogió el amparo deducido por el tercero interesado Felipe Munizaga Mellado, en los términos que en el mismo se precisan”, concluyeron.