Este domingo se llevará a cabo un nuevo proceso eleccionario en el país, esta vez para elegir a los miembros del Consejo Constitucional compuesto por 50 ciudadanos y ciudadanas del país.
El
próximo 7 de mayo el país deberá acercarse a las urnas una vez más para escoger a
uno de los 50 candidatos para integrar el
Consejo Constitucional que
tendrá la misión de escribir una nueva carta magna.
En diciembre del año pasado,
nuestro país repuso el voto obligatorio, por lo que todas las personas habilitadas para sufragar y figuren en el padrón electoral definitivo, deben hacerlo.
Quienes no lo hagan
deberán pagar una multa de 0,5 a 3 UTM, es decir, la sanción puede ir desde
$31.537 a $189.222.
¿Qué se votará este domingo 7 de mayo?
Esta nueva elección
tendrá como objetivo determinar a los miembros del Consejo Constitucional, órgano a cargo de redactar una nueva propuesta de Constitución tras el fallido proceso anterior.
A diferencia de la Convención Constitucional,
en este caso el hemiciclo estará compuesto por 50 ciudadanos y ciudadanos que revisarán el anteproyecto emanado desde la
Comisión Experta.
De acuerdo al calendario,
el Consejo comenzará sus labores el 7 de junio y tendrá un plazo de cinco meses para elaborar la propuesta. Finalmente,
el texto se someterá a votación el 17 de diciembre de 2023.
Otro punto importante es que, a diferencia del proceso anterior, esta vez los candidatos y candidatas postulan en representación de una región completa y no por distritos. Por lo tanto, la papeleta será más acotada y
las personas habilitadas para sufragar sólo deben votar por una opción. Si marcan más un nombre, su voto quedará nulo.
¿Quiénes deben votar?
Deben votar todos quienes estén habilitados para sufragar, según el padrón electoral definitivo publicado por el Servel en marzo pasado. El sufragio es obligatorio para los electores y electoras en Chile.
Además, desde el Servicio Electoral indican que
se aceptarán cédulas de identidad o pasaporte vencidos a contar del 1 de enero de 2020.
Los electores identificados bajo la condición indígena podrán optar por sufragar por las candidaturas de la circunscripción nacional de pueblos indígenas o por los candidatos generales de su respectiva circunscripción senatorial, solicitando una u otra cédula de votación en la mesa receptora de sufragios.
En ese último caso,
sólo se debe votar en una papeleta: en ningún caso podrán sufragar en ambas. La cédula electoral de las candidaturas de pueblos indígenas contendrá las dos candidaturas ordenadas alfabéticamente, señalando al lado del nombre del candidato el pueblo originario correspondiente.