Corte de Iquique anuló juicio por crimen de mujer transgénero tras no calificar como "femicidio" - Chilevisión
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05/10/2023 17:19

Corte de Iquique anuló juicio por crimen de mujer transgénero tras no calificar como "femicidio"

Según estableció la Corte de Apelaciones de Iquique, la figura de "femicidio" que se utilizó para condenar al autor del homicidio sólo contempla como titular del bien jurídico "a una persona biológicamente mujer".

Publicado por Sebastian Leyton
La Corte de Apelaciones de Iquique anuló esta semana el juicio que condenó a Jhonatan Cañon por el homicidio de Yuri Pizarro, ocurrido en 2022. Cabe recordar que el homicidio de la mujer transgénero de 55 años ocurrió en junio del año pasado, luego que fuera encontrada en la costa sur de la capital de la provincia homónima y de la Región de Tarapacá. Su sobrina, Janka Pierola Pizarro, relató en ese entonces que fue una vecina de su tía quien dio cuenta de su ausencia en su casa. Extrañada por el hecho, advirtió a los familiares de la mujer. Dos años después, cuando el autor del crimen había sido condenado a presidio perpetuo, la Corte acogió el recurso de nulidad solicitado por su defensa y declaró nula la sentencia. El argumento que utilizaron, según consignó Radio Paulina, fue que los juzgadores efectuaron una aplicación errónea del derecho en relación a la calificación jurídica de "femicidio". Sin embargo, según indicó el medio, el juez Pedro Güiza estuvo en contra de anular el juicio, pues quedó acreditado con los antecedentes probatorios rendidos en el juicio, que la víctima se identificaba como mujer, por lo que los sentenciadores concluyeron que la identidad de género de la víctima coincidía con el de una mujer.

¿Qué dice el fallo de la Corte de Apelaciones?

"Sobre esa base, entonces, enfrentados al análisis de la figura típica propuesta por el Persecutor, esto es, el delito de Femicidio (...), debe observarse que éste no cotempla en su redacción como sujeto pasivo de la acción que describe, a una mujer transgénero", dice el fallo. "Sino que se limita a emplear la expresión mujer, razón por la cual no cabe sino comprender, a la luz de la descripción que hace el legislador (...), que el señalado injusto sólo contempla como titular del bien jurídico protegido, a una persona biológicamente mujer", finaliza.

Reacciones al fallo de la Corte

A través de su cuenta de Twitter, la diputada Emilia Schneider lamentó el fallo y lo calificó como como una muestra de "transodio institucional", según expresó. "Absurdo e inaceptable. La justicia decide dejar en impunidad un crimen de odio. Esto es lo que llamamos transodio institucional. No se entiende esta falta de criterio. Impunidad y mal gasto de tiempo y recursos. Urge avanzar en el reconocimiento de las violencias hacia personas trans, en eso estamos trabajando!".