“Retención judicial del retiro de 10% de las AFP” es el nombre de la plataforma a cargo del Poder Judicial. “No es un trámite directo. Se trata de un trámite por etapas y en el cual varios actores participan, por lo que no es una solución inmediata”, aclararon.
Desde el próximo jueves las personas podrán solicitar a sus respectivas AFP el retiro de hasta el 10% de sus fondos previsionales, tras la promulgación de la reforma constitucional respectiva.
Sin embargo, otro de los trámites que se podrán realizar es pedir la retención de estos montos, en caso de que él o la cotizante mantenga una deuda por pensión alimenticia.
En este sentido, el Poder Judicial habilitó una plataforma para realizar esta solicitud, bajo el nombre de “Retención judicial del retiro de 10% de las AFP”.
Lee también: Jueces de Familia decretarán las medidas cautelares al 10% retirado de AFP para el pago de pensión alimenticiaDesde la institución señalaron que en el pasado fin de semana se recibieron 25 veces más solicitudes para liquidar la pensión alimenticia, que las registradas en una época normal.
No obstante, aclararon que “la solicitud de la liquidación de la deuda en alimentos no implica directamente que se vaya a pagar esa deuda con los fondos previsionales”.
En esta misma línea, explicaron que “no es un trámite directo. Se trata de un trámite por etapas y en el cual varios actores participan, por lo que no es una solución inmediata”.
Lee también: Solicitudes comienzan el jueves: Paso a paso para recibir el 10% de las AFP“El retiro del 10% será voluntario por parte del cotizante, por lo que las persona que solicitan el pago de las pensiones alimenticias no necesariamente podrán acceder a estos recursos”, aclararon desde el Poder Judicial.
También aseguraron que los jueces “pedirán inmediatamente la cautela de los montos de las AFPs, para que así los solicitantes del pago de deuda por alimentos puedan estar tranquilos a la esperadel trámite completo”.