Elecciones 2024: ¿Cuándo se conocerá la lista de vocales de mesa? - Chilevisión
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27/09/2024 14:49

Elecciones 2024: ¿Cuándo se conocerá la lista de vocales de mesa?

El próximo 26 y 27 de octubre se llevará a cabo las Elecciones Regionales y Municipales 2024, donde los ciudadanos deben estar informados sobre el proceso de designación de vocales de mesa y cómo consultar su estado.

Publicado por William Padrón

Las Elecciones Regionales y Municipales 2024 se llevarán a cabo el 26 y 27 de octubre, un proceso obligatorio en el que se elegirán gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.

Durante esos días, el papel de los vocales de mesa, electores seleccionados por las Juntas Electorales para recibir y contar los votos, es fundamental.

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¿Cuándo se sabrá la lista de vocales de mesa?

La lista de vocales de mesa se dará a conocer el 5 de octubre de 2024, cuando los Secretarios de Juntas Electorales publicarán las nóminas para las Mesas Receptoras de Sufragios.

A partir de esa fecha, los electores podrán consultar si han sido designados como vocales ingresando AQUÍ.

¿Qué pasa si no puedo ser vocal de mesa?

Si eres designado como vocal de mesa pero no puedes cumplir con este deber, podrás presentar una excusa ante la Junta Electoral correspondiente entre el 7 y el 9 de octubre.

Esto es aplicable si cuentas con alguna de las causales contempladas en la ley 18.700, que permite a los electores excusarse de cumplir con esta función. 

Razones para presentar excusas si no puedes ser vocal de mesa

Conoce las razones válidas que te permiten solicitar una excusa para no cumplir con la función de vocal de mesa en las elecciones:

  • Estar ausente del país o en una localidad distante a más de 300 kilómetros sin comunicaciones adecuadas, situación que evaluará la Junta Electoral.
  • Desempeñar otras funciones en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, según lo estipulado por la Ley N° 18.700.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Imposibilidad física o mental para ejercer la función, que debe ser respaldada con un certificado médico.
  • Trabajar en establecimientos hospitalarios durante los días de funcionamiento de las Mesas, acreditado con un certificado del director del establecimiento de salud.

  • Gestantes durante el embarazo, con acreditación de un documento del establecimiento de salud o certificado médico. También se incluye al padre o madre de un hijo menor de dos años, con el correspondiente certificado de nacimiento.
  • Cuidadores de adultos mayores o personas con discapacidades, incluyendo quienes laboran en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). La condición de cuidador puede ser acreditada con la credencial correspondiente o documento del Ministerio de Desarrollo Social.