Subsidio Único Familiar: Revisa cuál es el plazo para cobrar aportes vencidos este año - Chilevisión
16/08/2020 18:51

Subsidio Único Familiar: Revisa cuál es el plazo para cobrar aportes vencidos este año

Este beneficio es destinado a personas de escasos recursos que no accedan a la Asignación Familiar o Maternal. Se entrega durante tres años y puede extenderse mientras se cumplan los requisitos. Acá todo lo que tienes que saber.

Publicado por pazarancibia
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El Subsidio Familiar, o también conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), es destinado a personas de escasos recursos que no accedan a la Asignación Familiar o Maternal, ya que no son trabajadores afiliados a un sistema previsional.

El beneficio es de $13.155 por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble: $26.310. Además, los beneficiarios pueden acceder a prestaciones médicas (tanto preventivas como curativas) y odontológicas gratuitas.

Debido a la pandemia del coronavirus, el gobierno determinó que los subsidios que vencían en mayo o junio de 2020, extenderían su vigencia hasta el 30 de octubre de este año. Por lo que no debes acudir a la municipalidad a renovarlo.

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¿Quiénes reciben el beneficio?

Aquellos que no pueden proveer por sí solas, o con un grupo familiar, a la mantención y crianza del causante de la asignación. Es decir, la madre, padre, guardadores o personas que estén a cargo del menor y quienes tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual.

¿Quiénes son causantes del subsidio?

  • Menores hasta 18 años y personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a expensas del beneficiario, que participen de los programas de salud del Ministerio de Salud y que no perciban una renta igual o superior al Subsidio Familiar.
  • Niños mayores a 6 años. Se debe acreditar que son alumnos regulares de enseñanza básica, media, superior en establecimientos del Estado o reconocidos por éste.
  • Madres de menores que vivan a sus expensas por las cuales perciban Subsidio Familiar.
  • Mujeres embarazadas.
  • Personas con discapacidad intelectual, cualquiera sea su edad, y que acrediten tal condición.
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¿Dónde y cómo realizar el trámite?

El trámite se puede realizar durante todo el año. Se debe consultar en la municipalidad y, por lo general, se piden los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Fotocopia del carnet control niño sano de los menores de 6 años.
  • A los mayores de 6 años, certificado de alumno regular.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Mujeres embarazadas deberán presentar la certificación que confirme que están en el quinto mes de embarazo.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

¿Cuál es su vigencia?

Dura tres años desde el primer mes que comienza a recibirse. Si se mantienen los requisitos, la entrega del subsidio puede extenderse. Se entrega hasta el 31 de diciembre del año en que el causante cumple los 18 años.

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