Luis Escobar, tras su muerte en 2011, dejó como herencia la casa que él compró en Macul para su esposa e hijos. Pero también tenía como último deseo el traspaso de la vivienda de sus padres -abuelos de la denunciante- a otro familiar. El error radicaría en que en el proceso de posesión efectiva, habrían cedido sus derechos sobre la totalidad de la herencia del fallecido.
Aurora Escobar, tras la muerte de su padre Luis Escobar en 2011, no puede realizar la posesión efectiva de la casa que él compró para su esposa y 4 hijos en la comuna de Macul. Esto porque la familia decidió cumplir su último deseo y ceder el derecho de la posesión efectiva de la casa de los padres de Luis, es decir, los abuelos de Aurora, a uno de sus primos. Corresponde a una vivienda ubicada en San Miguel que fue cedida al primo en 2012, con un trámite paralelo que no debería haber influido en la posesión efectiva del inmueble de Luis Escobar. Han hecho el proceso de posesión de la casa de Macul tres veces y ha sido rechazada, porque dicen que el heredero universal de todos los bienes sería el primo. El problema radicaría en que la cesión de derechos hereditarios que ellos mismos hicieron, provocó que se transfirieran todos los derechos que corresponden o podrían corresponder a Luis Escobar. Ésta fue firmada por los 4 hijos más la esposa, por lo que se asume que leyeron y entendieron lo que se estipuló. Aurora asegura que no hay una doble interpretación y que nunca quisieron traspasar todo a su primo. Ahora podrían presentar una acción de petición de herencia, lo que no les asegura volver a ser los herederos. La otra opción sería el camino del diálogo con el heredero, su primo, quien podría entregarles esta casa.