La iniciativa ya lista para ser promulgada por el Ejecutivo y establece como deber del empleador ofrecer a la trabajadora embarazada la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo sin reducción de remuneraciones en caso de alerta sanitaria.
(Agencia Uno) – La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto que facilita el teletrabajo para mujeres embarazadas en caso de existir una alerta sanitaria.
De este modo, ahora la iniciativa quedó lista para ser promulgada por el Ejecutivo.
En ella se establece como deber del empleador ofrecer a la trabajadora embarazada la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo sin reducción de remuneraciones, cuando la autoridad declare estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, con ocasión de una epidemia o pandemia, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitieren y la trabajadora consintiere en ello.
Lee también: CNTC dice que paro de camioneros será pacífico y "sin interrumpir la cadena de abastecimiento"El proyecto detalla que la reasignación de funciones debe hacerse con acuerdo de ella y sin reducir sus remuneraciones, destinándosela a “labores que no requieran contacto con público o con terceros que no desempeñen funciones en el lugar de trabajo, siempre que ello sea posible y no importe menoscabo para la trabajadora”.
El texto legal también establece que, en caso de que la madre trabajadora hiciere uso de una licencia médica extraordinaria, dicho período de tiempo será extendido en igual proporción con el derecho de amamantamiento.
Asimismo, garantiza que el profesional autorizado podrá emitir las licencias médicas por enfermedad grave del niño o niña menor de un año en forma simultánea, de manera excepcional, si estima que el reposo se encuentra médicamente justificado.
Lee también: Gobierno anunció que el cuarto pago del Ingreso Familiar de Emergencia será al 100%La normativa indica que las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez o las Instituciones de Salud Previsional no podrán rechazar estas licencias médicas por haber sido emitidas o tramitadas de manera simultánea, conjunta o separadamente con anterioridad a la fecha de inicio de cada uno de los reposos.
Tampoco por haber sido presentadas fuera de los plazos reglamentarios por parte del trabajador o empleador, según corresponda.
Por último, la iniciativa precisa que las trabajadoras que se encuentren con fuero maternal y cuyo término ocurra durante la vigencia del Estado de Excepción o en el tiempo que este fuese prorrogado, tendrán derecho a una extensión de dicho fuero hasta su término.