El pasado jueves 2 de mayo se reingresó la normativa por parte del Ministerio de Transportes para que Contraloría pudiera revisarla. Y fue durante esta jornada que se tomó razón del reglamento.
Durante la mañana de este miércoles la Contraloría General de la República (CGR) tomó razón del reglamento que establece las características del grabado de patente en vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales.
Cabe destacar que esta medida será necesaria para transitar por el territorio nacional y su finalidad es reducir el robo de vehículos y sus accesorios para la posterior venta en el mercado informal.
El reglamento había sido presentado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) durante marzo de 2024, aunque a comienzos de este mes se retiró para la mencionada revisión.
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Grabado de patente: Revisa el reglamento definitivo
Sin cambios ni alcances, el ente gubernamental compartió a través de X una publicación en que se dan a conocer las especificaciones para un correcto grabado.
En vidrios
- Las letras y dígitos en vidrios deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, de estilo normal, no cursiva ni negrita.
Espejos laterales
- En los espejos laterales la altura mínima deberá ser entre 5 y 10 milímetros. En ambos casos las letras deberán ser mayúsculas.
- Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo al vehículo, sea de izquierda a derecha.
Tipo de grabado y ubicación
- El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio, de forma tal que no pueda ser borrado.
- En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo.
- En ambos casos, el grabado de la placa patente única se realizará sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
- En el parabrisas el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN) con que cuentan algunos vehículos en dicha zona, o cualquier otro elemento obligatorio que deba exhibirse en el parabrisas.
- En la luneta trasera el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo.
- En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rectángulo el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde.
- En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos tocan el borde curvo del espejo. En ambos casos el grabado puede realizarse en la parte superior o inferior y no debe interferir con su función.
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