Está en marcha la ley que garantiza retención del 10% de los fondos de AFP a deudores de pensión de alimentos - Chilevisión
17/08/2020 15:49

Está en marcha la ley que garantiza retención del 10% de los fondos de AFP a deudores de pensión de alimentos

La medida permitirá que una vez presentada la solicitud por el deudor, un juez deberá notificar a la aseguradora correspondiente en un máximo de 48 horas, que los fondos del alimentario serán retenidos. Sin embargo la medida no contempla el retiro forzoso de estos dineros.

Publicado por lsandoval
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Durante esta jornada, el Diario Oficial publicó la ley que asegura el pago de las pensiones de alimentos con el retiro de los fondos previsionales. Medida que fue despachada por el Congreso la semana pasada.

La iniciativa, permitirá que una vez que se presenta la solicitud por parte del deudor, el juez deberá notificar a la aseguradora correspondiente en un máximo de 48 horas, que los fondos del alimentario serán retenidos.

Asimismo, las compañías deberán notificar a los deudores el estado de sus dineros.

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Cabe señalar que la ley recientemente despachada contempla las siguientes indicaciones:

  • Facultad de un juez para dictar una resolución de plano, permitiendo así la custodia de los fondos con una notificación a las AFP
  • Se otorgará al tribunal la facultad de decretar de oficio la retención de los dineros por causa de pensión de alimentos
  • La duración de la medida se extenderá hasta que hayan resguardos suficientes que aseguren el pago de las pensiones adeudadas
  • La creación de un mecanismo tutelar especial para garantizar el pago de los deudores que aparezcan en una nómina que el Poder Judicial enviará a cada aseguradora
  • Además, si el deudor no ha declarado que tenía una deuda por pensión de alimentos, la AFP deberá entregar los antecedentes al Ministerio Público, con el fin de que se persiga la responsabilidad penal que pudiese existir.

Sin retiro forzoso

Si bien la ley ya está en vigencia, esta no contempla el retiro forzoso de estos fondos.

Es decir, si un padre o madre -o bien el juez, actuando de oficio- no solicita el retiro de sus fondos previsionales, este dinero no será retenido para garantizar el pago por el concepto de pensión de alimentos.

Esta indicación habría sido anunciada anteriormente por el Gobierno, pero el ministro de Justicia, Hernán Larraín indicó que "por ahora" no será presentada por problemas en su constitucionalidad.

"Hay inquietudes de constitucionalidad que hemos recibido respecto de ella que estamos estudiando, no queremos ir más allá", señaló.

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Al respecto, el diputado Vlado Mirosevic lamentó que no se agregara el "corazón del proyecto" pero señaló que seguirán trabajando para garantizar el pago de las pensiones de alimentos.

"Nosotros vamos a continuar con nuestro proyecto, que es una reforma constitucional, que es perfectamente posible aprobar, y con eso estaríamos obligando a aquellos que deben que tengan que pagar a cuesta del retiro del 10% de sus fondos", zanjó.

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