Con 141 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones, se aprobó este viernes la norma que permite a quien haya sido "injustamente aludido" por un medio, pueda tener el derecho a una aclaración difundida por el mismo.
De los 30 artículos emanados desde la Comisión, el pleno respaldó 13 de estos, los que este viernes se discutirán en particular, junto a las indicaciones (modificaciones) propuestas por las y los convencionales para perfeccionar su redacción y contenido.
Lee también: Más de 100 profesionales de distintas áreas han renunciado a la Convención ConstitucionalUno de los artículos que se aprobó en esta instancia fue el número 8, con 141 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones. Éste dice relación con una ofensa o alusión injustificada en un medio de comunicación y su posterior rectificación.
La norma en cuestión señala que “toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información, tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio en que hubiese sido emitida. La ley regulará el ejercicio de este derecho con pleno respeto a la libertad de expresión”.
Lee también: Pdte. Piñera manifiesta preocupación por la Convención y Loncon responde: “Él menos que nadie puede hablar”🟣 VOTACIÓN PLENO | Se APRUEBA EN PARTICULAR el Artículo 8
✅ A favor: 141
❌ En contra: 5
⚠️ Abstención: 5 pic.twitter.com/oR8euMXW8C— Chile Convención (@convencioncl) February 25, 2022