Los hijos deben respetar a sus padres: Así quedó el catálogo de deberes constitucionales de la Comisión Experta - Chilevisión
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26/05/2023 12:47

Los hijos deben respetar a sus padres: Así quedó el catálogo de deberes constitucionales de la Comisión Experta

El pleno avanzó en la votación y aprobación de las normas sobre derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales que serán parte del anteproyecto. En ese sentido, establecieron un catálogo de ocho deberes que incluyen, entre otras cosas, el honrar a la patria.

Publicado por catamarchant
El miércoles 7 de junio la Comisión Experta debe entregar el anteproyecto de la propuesta de nueva Carta Magna al Consejo Constitucional, por lo que dentro de esta semana han continuado avanzando en las votaciones finales vinculadas a los temas debatidos y presentados por las subcomisiones. Mientras que el pleno de los 24 comisionados ya dejaron definido el primer capítulo del texto, que establece los fundamentos del orden constitucional, el pasado miércoles dieron otro paso en relación con las normas sobre derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales. De esa manera, en el pleno de la instancia establecieron los derechos sociales a la salud, vivienda, agua, seguridad social y educación. Aunque la división de la votación estuvo con la normativa relacionada al derecho de la vida, donde la oposición quiso reponer una enmienda que buscaba regular la protección de la vida del que está por nacer y que finalmente no contó con respaldos suficientes.  

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  Pero por contraparte, también quedaron definidos los deberes en un catálogo compuesto por ocho puntos. Los que representan un cambio rotundo de aprobarse en todas las instancias y si se llegaran a implementar en una nueva Constitución, ya que la actual carta fundamental no ordena deberes al interior de familias.

Deber de los hijos

Es precisamente en esta arista donde hay un punto en particular que levantó la polémica, ya que se estableció el deber de los hijos a respetar a sus padres, madres y ascendientes. Junto al respeto mencionado, también tienen el "deber de asistirlos, alimentarlos y socorrerlos cuando éstos los necesiten". Cabe mencionar que este es el articulo 28 en su punto 7 del catálogo de deberes ya aprobado para este anteproyecto, pero los restantes también contemplan el deber de proteger el medio ambiente, el deber de honrar la patria, el deber de velar por el respeto de la dignidad de los niños, entre otros.

Catálogo de deberes

Revisa a continuación el catálogo de deberes establecido por la Comisión de Expertos: 1. Todas las personas deben respetarse y comportarse fraternal y solidariamente. Asimismo, deben honrar la tradición republicana, defender y preservar la democracia, y observar fiel y lealmente la Constitución y la ley. 2. Del mismo modo, deben contribuir a preservar el patrimonio ambiental, cultural e histórico de Chile. 3. Es un deber de todos los habitantes de la República proteger el medio ambiente, considerando las generaciones futuras y prevenir la generación de daño ambiental. En caso que se produzca, serán responsables del daño que causen, contribuyendo a su reparación, en conformidad a la ley. 4. Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales. Los chilenos tienen el deber de honrar a la patria. 5. Todos los ciudadanos que ejercen funciones públicas tienen el deber de desempeñar fiel y honradamente sus cargos, dando cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Combatir la corrupción es un deber de todos los habitantes de la República. 6. Los habitantes de la República deben cumplir con las cargas públicas, contribuir al sostenimiento del gasto público mediante el pago de tributos, y votar en las elecciones y referendos, todo de conformidad a la Constitución y la ley. Asimismo, deben defender la paz y usar métodos pacíficos de acción política. 7. Los habitantes de la República tienen el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos. Por su parte, ellos tienen el deber de respetar a sus padres, madres y ascendientes, y de asistirlos, alimentarlos y socorrerlos cuando éstos los necesiten. 8. Toda persona, institución o grupo debe velar por el respeto de la dignidad de los niños.