La decisión se fundó en que la norma indica que el trabajador puede ausentarse de sus labores cuando considere, razonablemente, que si continúa trabajando podría traer consigo un riesgo grave e inminente para su salud. El adulto mayor indicó que incluso trabajó durante todo mayo de 2020, cuando no debía hacerlo.
Durante el año pasado, un adulto mayor de 75 años dejó de asistir a su empleo de conserje en Las Condes debido a que la Cuarentena por COVID-19 predominante en la región Metropolitana en ese entonces lo imposibilitó a hacerlo.
Debido a sus constantes y necesarias ausencias, el hombre fue relegado de sus funciones, por lo que decidió interponer una demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones.
Lee también: Joven cayó de un piso 14 y murió tras intentar escapar de fiscalización en fiesta clandestinaSegún indicó Radio Bio-Bío, pese a que desde el 15 de mayo comenzó a regir la cuarentena obligatoria para adultos mayores sobre 75 años, el conserje contó que igualmente acudió, pero principalmente por desconocer el mandato de la autoridad.
Luego optó por no asistir más y, ante la nula respuesta de su empleador, le informó a una miembro del comité vecinal sobre su decisión. No obstante, en noviembre recibió su carta de despido, pero con una falencia legal, no se indicó las fechas de inasistencias del empleado.
Lee también: Carabinero de franco mató a delincuente y evitó robo de su auto: Se desconoce el paradero de los otros asaltantesFinalmente, tras la demanda del hombre, el Primer Juzgado de Letras de Santiago acogió la solicitud en contra de la Comunidad Edificio Félix de Amesti 963, por lo que recibirá el dinero correspondiente a la indemnización y años de servicio.
La decisión se fundó en que la norma indica que el trabajador puede ausentarse de sus labores cuando considere, razonablemente, que si continúa trabajando podría traer consigo un riesgo grave e inminente para su salud.