Establecen la prohibición e ilegalidad de cualquier interrupción del embarazo por parte de la madre o un tercero. Asimismo, dispone que al que está por nacer debe respetársele la vida desde su concepción.
La reforma al artículo 67 de la Constitución hondureña establece la prohibición e ilegalidad de cualquier interrupción del embarazo por parte de la madre o un tercero. Asimismo, establece que al que esta por nacer debe respetársele la vida desde su concepción.
La reforma crea un blindaje para sí misma al determinar que esa medida sólo podrá reformarse con el voto de las tres cuartas partes de los diputados.
Lee también: Todo lo que tienes que saber para entender el proyecto de despenalización del aborto en ChileAprobada con poco más de dos tercios de los votos (86 a favor sobre un total de 128 diputados), la reforma afirma que no perderá su vigencia ni dejará de cumplirse aún cuando sea derogada o modificado por otro precepto constitucional: en la reforma al artículo 67 se deja claro que son nulas e invalidas las disposiciones legales que se creen con posterioridad a la vigencia del artículo reformado.
En tanto, se establece que no podrá modificarse el artículo 112 de la Constitución, la cual dice que la celebración de matrimonios sólo puede ser entre un hombre y una mujer.
Diversos grupos feministas y defensores de los derechos de las mujeres han solicitado en varias ocasiones al Congreso Nacional la despenalización del aborto sin que sus peticiones tuvieran el apoyo de los diputados.
Lee también: Jair Bolsonaro por despenalización del aborto en Argentina: "Se aprobó el asesinato"Merly Eguigure, del movimiento de Mujeres Visitación Padilla, dijo a CNN que la reforma al artículo que prohíbe el aborto y sin permitirse ninguna modificación a la ley es un error y que en los próximos días van a presentar un recurso de inconstitucionalidad.
Según Eguigure, con ese tipo de leyes se incrementarán los abortos clandestinos en el país.