El monto del beneficio es de $500 mil, aunque en algunos casos esta cifra comienza a decrecer. Además, los pagos se realizarán en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde el momento de la postulación. Estos son los requisitos y fechas a considerar.
A partir del pasado 17 de abril se dio inicio al proceso de solicitud del Bono Clase Media, aporte entregado por el gobierno a trabajadores dependientes, independientes, empresarios individuales y personas que se encuentren cesantes, con el fin de ayudar a enfrentar la crisis económica desarrollada a raíz de la pandemia en el país.
El monto que contempla este beneficio es de $500 mil, aunque puede variar dependiendo del Ingreso Promedio Mensual 2019.
Lee también: IFE mayo: Revisa los plazos para postular y la fecha de entrega del dineroEl bono se solicita de forma digital mediante el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII). Con el fin de saber si es que este aporte te corresponde, solo debes ingresar la Clave Tributaria o la Clave Única.
En el caso de que sí fue asignado, debes ingresar la información personal correspondiente y los datos para la transferencia del dinero. Los pagos se realizarán en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde el momento de la postulación.
El proceso de postulación se inició el sábado 17 de abril y estará disponible hasta el próximo 17 de mayo de 2021.
Las personas que postulen al aporte deberán acreditar tener una renta entre los $400 mil y $2 millones, además de haber experimentado una caída de sus ingresos del 20%, considerando como fuentes de ingreso formales: el empleo dependiente, boletas de honorarios e ingresos de empresas independientes.
Lee también: Comienza solicitud del Préstamo Solidario de Clase Media: Mira acá cómo postularSi percibes una renta entre $1,5 y $2 millones, el bono irá decreciendo y la caída de ingresos se calculará entre el promedio de enero febrero 2021 en comparación con aquellos meses del 2020.
También podrán postular a este bono quienes tengan empleos formales entre el salario mínimo y $400 mil, quienes serán eximidos del requisito de acreditar la caída de sus rentas.