Servel publicó la lista de vocales de mesa para las elecciones del 21 de noviembre: Revisa si fuiste designado - Chilevisión
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30/10/2021 10:09

Servel publicó la lista de vocales de mesa para las elecciones del 21 de noviembre: Revisa si fuiste designado

A través de su sitio web, el Servicio Electoral dio a conocer la nómina de personas que deberán constituir la mesa receptora de sufragios para los comicios presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales. Conoce acá las causales de excusa para no cumplir esta labor.

Publicado por cgalleguillos

Este sábado, el Servicio Electoral (Servel) habilitó en su sitio web la plataforma en donde las personas podrán verificar si fueron designadas o no como vocales de mesa o para integrar el Colegio Escrutador para las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales del próximo 21 de noviembre.

¿Cómo saber si saliste designado? Para ello, debes ingresar a consulta.servel.cl e ingresar el RUT. Allí aparecerán los detalles del local de votación y si fue convocado para participar en los comicios como vocal.

Quienes no puedan cumplir esta labor y deseen excusarse, tendrán un plazo que se extenderá entre el martes 2 y el jueves 4 de noviembre. El sábado 6 del mismo mes se publicará la lista definitiva.

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Causales de excusa

Según información oficial del Servel, las personas designadas como vocales de mesa sólo podrán excusarse si cuentan con alguno de los siguientes requisitos:

  1. Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 Km. del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.
  2. Tener más de 70 años.
  3. Estar física o mentalmente imposibilitado.
  4. Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección.
  5. Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.
  6. Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
Las excusas podrán ser formuladas ante el secretario de la Junta Electoral respectiva, acreditar ante el delegado del local el día de las elecciones o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad presentando la documentación necesaria.

Por otra parte, todas las personas designadas deberán asistir a la constitución de mesas el día 20 de noviembre a las 15.00 horas en su respectivo local de votación.

Qué pasa si un vocal no cumple su función

Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $79.500 y $ 318.000 (Artículo 138 de la Ley Nº 18.700).