Este jueves vence el plazo para quienes no puedan cumplir con su labor en las elecciones presidenciales, parlamentarias y de Cores del próximo 21 de noviembre. ¿Cuáles son las excusas?
Este martes inició el plazo de presentación de excusas para quienes no puedan cumplir con su labor como vocales de mesa en las elecciones presidenciales, parlamentarias y de Cores del próximo 21 de noviembre.
Esto, luego que el Servicio Electoral (Servel) publicara la nómina de electores designados en su sitio web.
Para conocer si fuiste elegido, debes ingresar a consulta.servel.cl y registrar tu RUT. Allí aparecerán los detalles de tu local de votación y si fuiste convocado para participar en los comicios como vocal.
Lee también: Parisi anuncia retraso en su regreso a Chile, pero adelanta que "falta poco para que nos reencontremos"Quienes no puedan cumplir esta labor y deseen excusarse, tendrán un plazo que se extenderá entre este martes 2 y este jueves 4 de noviembre.
Según información oficial del Servel, las personas designadas como vocales de mesa sólo podrán excusarse si cuentan con alguno de los siguientes requisitos:
Las excusas deben ser formuladas ante el secretario de la Junta Electoral respectiva, ya sea presencialmente o a través del número de teléfono o correo electrónico dispuestos.
Lee también: ME-O contra Boric por presentar programa a tres semanas de las elecciones: "No está preparado para enfrentar a Kast"Desde hoy hasta el 4 de noviembre quienes necesiten, podrán excusarse de desempeñar el cargo de Vocal de Mesa ante las Juntas Electorales, acogiéndose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700. Conócelas ingresando a https://t.co/cwxcr7bwAg#Elecciones2021CL pic.twitter.com/Ffsd2gzyiu— Servicio Electoral (@ServelChile) November 2, 2021
Este sábado 6 de noviembre se publicará la lista definitiva de vocales de mesa, instancia en que la ley no contempla excusas.
De esa forma, los convocados deberán asistir a la constitución de mesas el día 20 de noviembre a las 15.00 horas en su respectivo local de votación y a primera hora el día de las elecciones.
Las personas designadas que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $79.500 y $ 318.000 (Artículo 138 de la Ley Nº 18.700).