Este domingo 17 de diciembre se realizará el Plebiscito Constitucional 2023, en el que el electorado deberá votar y elegir si está A Favor o En Contra de la propuesta de Nueva Constitución. Esto es lo que dice sobre salud e Isapres.
La
salud es uno de los principales temas que aborda la
nueva propuesta de Constitución que será sometida a votación en el
plebiscito de este domingo 17 de diciembre. Una instancia en que la ciudadanía deberá definir su posición A Favor o En Contra de este texto elaborado por el
Consejo y la Comisión Experta.
Uno de los puntos clave del texto es la discusión en torno al acceso a la salud y tratarlo en el documento
concepto "integral" que abarca patologías mentales.
Con el propósito de conocer más a cabalidad aquellos artículos de interés que propone este texto, la plataforma
VAR Constitucional del Laboratorio de Comunicaciones de la Universidad Diego Portales (UDP), elaboró un análisis comparativo entre la actual Constitución vigente y la propuesta del Consejo Constitucional.
Entre ellos, destaca el
capítulo II Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales, precisamente el inciso 22. Mismo extracto que fue analizado por
Claudio Fuentes, profesor de la facultad de Ciencia Política de la UDP, en conversación con
CHV Noticias.
Salud integral en la nueva propuesta de Constitución
El artículo 22 del capítulo II de la nueva propuesta constitucional, se titula como
El derecho a la protección de la salud integral, el que marca una diferencia con la Constitución actual al agregar la palabra integral.
Así lo identificó Fuentes, quien expuso que si bien se menciona este concepto en el título, posteriormente,
"en el texto mismo de los distintos párrafos que comprenden ese artículo, no se menciona nada sobre salud integral".
"En el futuro se debatirá qué significa salud integral", un concepto que estuvo en la palestra dentro de la Comisión Experta, con disputas sobre "si incorporar y entender por salud integral lo que es salud mental".
Siempre según Fuentes, en caso de que sí se contemple la salud mental como parte de este concepto de integral, entonces
quedaría en manos del Estado la responsabilidad de "generar planes y programas asociados" a su tratamiento.
"
Es normal y en general en todas las Constituciones siempre se va a dejar un espacio para que el ámbito político defina y acote qué es el significado de cada uno de los ámbitos", aclaró el profesor de la facultad de Ciencia Política de la UDP.
¿Qué pasa con las Isapres?
Otra de los puntos claves en esta materia es la
existencia de las Isapres. Figuras privadas que han estado en el ojo del huracán por el fallo de la Corte Suprema que las obliga a la
devolución en excedentes de cobros indebidos a sus cotizantes.
Al respecto, Fuentes indicó que la propuesta actual de Constitución "establece que las
personas tienen la posibilidad que sus cotizaciones vayan al sector público o sean administradas por una entidad privada".
"Al decir eso establece que
tiene que existir una institución privada, pero no se menciona a la Isapre", añadió. Aún así, reiteró, "tiene que haber un ente privado encargado de atender y administrar las cotizaciones de salud si las personas quieren colocarlo en esa entidad".
Qué dice el artículo de la propuesta constitucional: