El Bono Post Laboral es un beneficio mensual de $90.877 para trabajadores del sector público con bajas pensiones. Se entrega de por vida y no tributa, pero se extingue al fallecer el beneficiario.
El Bono Post Laboral está dirigido a los trabajadores del sector público con un monto de unos $90 mil mensuales.
Este beneficio se distingue por no ser imponible ni constituir indemnización o renta, características que lo diferencian de otros subsidios.
Es importante destacar que este bono se otorga de por vida y se suma a la pensión de vejez, siendo entregado a través de la AFP o Compañías de Seguros correspondiente.
¿Quiénes lo reciben?
Lo reciben funcionarias y funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:
- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- Fonadis.
- Sercotec.
- Conaf.
¿Cuáles son los requisitos?
- Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.