Bono Post Laboral 2024: ¿Quiénes reciben los $90 mil de por vida? - Chilevisión
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10/04/2024 12:26

Bono Post Laboral 2024: ¿Quiénes reciben los $90 mil de por vida?

El Bono Post Laboral es un beneficio mensual de $90.877 para trabajadores del sector público con bajas pensiones. Se entrega de por vida y no tributa, pero se extingue al fallecer el beneficiario.

Publicado por William Padron

El Bono Post Laboral está dirigido a los trabajadores del sector público con un monto de unos $90 mil mensuales. 

Este beneficio se distingue por no ser imponible ni constituir indemnización o renta, características que lo diferencian de otros subsidios.

Es importante destacar que este bono se otorga de por vida y se suma a la pensión de vejez, siendo entregado a través de la AFP o Compañías de Seguros correspondiente.

¿Quiénes lo reciben?

Lo reciben funcionarias y funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • Fonadis.
  • Sercotec.
  • Conaf.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.