Te contamos además cuáles son los documentos que necesitas para realizar la apelación y así poder acceder a la ayuda económica.
Debido a la crisis económica y social provocada por el COVID-19, el gobierno ha dispuesto diversos beneficios destinados a minimizar el efecto de la pandemia, y así brindar apoyo directo al bolsillo de la ciudadanía.
Uno de los los aportes fue el IFE Laboral, incentivo para trabajadores y trabajadoras el cual se extendió hasta fines de junio de 2022, y que en la jornada de este lunes 7 de marzo, se comenzaron a entregar los subsidios correspondientes a las postulaciones de enero.
Es relevante consignar que la ayuda económica está destinada para las personas que comenzaron un nuevo empleo formal. Los montos entregados son los siguientes:
- Los hombres mayores de 24 y menores de 55 años puede recibir el 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.
- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez podrán recibir el 60% de la Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.
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No obstante, luego de que miles de personas hayan sido beneficiadas con el IFE Laboral, hay quienes denuncian no haber recibido el aporte, pese a cumplir con todos los requisitos:
- Tener un nuevo contrato de trabajo en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación. Para lo anterior, el SENCE revisa que no se registren cotizaciones de pensión y salud en los últimos tres meses.
- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales.
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al contrato de trabajo.
¿Cuáles son los pasos para apelar?
- Elegir entre problema de pago debido a cotizaciones o problemas con el RUT del empleador.
- Adjuntar la copia del contrato de trabajo debidamente firmado, el certificado de remuneraciones imponibles de los últimos 12 meses y el certificado de los últimos 12 meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).
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Es relevante destacar que de no tener los documentos mencionados, la solicitud no será aceptada por el SENCE.