La Tercera Sala del máximo tribunal del país acogió el recurso de casación presentado por una integrante de la Comunidad Indígena Histórica y Sucesorial del Pueblo Aymara, a raíz de la regularización del uso de aguas en dos corrientes.
La Corte Suprema acogió el recurso de casación y otorgó derechos de aprovechamiento de aguas a comunidades aymara de la comuna de Putre, región de Arica y Parinacota.
El máximo tribunal del país acogió las solicitudes deducidas en contra de las sentencias en que se rechazaban las reclamaciones sobre el derecho a uso de dos puntos denominados "Totorane 3" y "Jancovinto" ubicados en Putre.
El proceso de regularización fue iniciado por Cipriana Flores en su rol de integrante de la Comunidad Indígena Histórica y Sucesorial del Pueblo Aymara, quien indicaba que el recurso hídrico ha sido usado de manera ancestral y desde tiempos inmemoriales.
"Que lo anterior es trascendente, toda vez que se trata de una peticionaria que integra una comunidad perteneciente a la etnia Aymara, pueblo originario del norte de nuestro país cuya existencia es reconocida y protegida por la Ley Indígena", consigna el fallo.
En ese sentido, agregan que "la ley contempla la existencia de usos ancestrales por personas pertenecientes a los pueblo originarios, que de forma colectiva o individual ejercen un derecho consuetudinario que es reconocido por el legislador".
"En el presente caso se cumplen con todas las exigencias para proceder a regularizar e inscribir los derechos ancestrales de las aguas solicitados", dice la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema.