Plebiscito 2023 | Qué dice la propuesta sobre iniciativas ciudadanas y en qué se diferencia del actual texto - Chilevisión
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15/12/2023 16:42

Plebiscito 2023 | Qué dice la propuesta sobre iniciativas ciudadanas y en qué se diferencia del actual texto

Este domingo 17 de diciembre se realizará el Plebiscito Constitucional 2023, en el que el electorado deberá votar y elegir si está A Favor o En Contra de la propuesta de Nueva Constitución. Esto es lo que dice sobre las iniciativas populares de ley.

Publicado por cgalleguillos
El próximo 17 de diciembre se llevará a cabo el Plebiscito Constitucional 2023, donde los chilenos y chilenas votarán A Favor o En Contra de la propuesta de Nueva Constitución. Dentro de los puntos que fueron parte del debate en el reciente proceso constituyente fueron las iniciativas populares de ley. Al respecto, la plataforma VAR Constitucional, del Laboratorio de Comunicaciones de la Universidad Diego Portales (UDP), elaboró un análisis comparativo entre la Constitución vigente y la propuesta del Consejo Constitucional, donde se aborda la normativa incluida en el Artículo 46 del nuevo texto.

Iniciativas populares de ley en la propuesta de nueva Constitución

En conversación con CHV Noticias, el cientista político de la UDP, Claudio Fuentes, se refirió a los mecanismos de participación incluidos en la propuesta constituyente. "Esta es una iniciativa popular de norma, que se propusieron en la Convención anterior y en esta. La idea es que un porcentaje de ciudadanos puedan registrar ante el Servel una iniciativa ciudadana de norma de ley para que el Congreso la discuta", explicó. En ese sentido, el académico sostuvo que "eso en otras democracias existe, se requiere de varios requisitos y uno es que tenga al menos entre 600 y 900 mil firmas para patrocinar esta iniciativa popular de ley. Eso después sería discutido en el Congreso, donde podría ser aprobado o rechazado". "Lo otro, hay ciertas inhabilidades, es decir, no se puede presentar sobre cualquier cosa. Por ejemplo, no pueden presentarse iniciativas para reformar la Constitución, tampoco pueden presentarse iniciativa para derogar leyes", recalcó. Asimismo, Fuentes señaló que "por iniciativa popular tampoco podría tratarse leyes que son de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, todo lo que involucra recursos públicos no podrían ser presentados". La Constitución vigente no contempla este mecanismo.

Qué dice el artículo de la propuesta constitucional: