¡Ojo, clientes! Estos son los únicos rubros que pueden pedir propina - Chilevisión
01/03/2023 11:45

¡Ojo, clientes! Estos son los únicos rubros que pueden pedir propina

Luego del debate generado en redes sociales por el cobro de este concepto en algunos servicios, el Ministerio del Trabajo aclaró cuáles son los rubros que están autorizados para solicitar este monto adicional a los clientes.

Publicado por Sebastian Leyton
Comprar un helado, ordenar un sándwich o acudir a una peluquería. En todos estos servicios se ha vuelto cada vez más frecuente la tendencia a solicitar propina en adición al monto original. Por tal motivo y ante el debate generado en redes sociales, el Ministerio del Trabajo aclaró que solo un acotado número de rubros pueden hacer uso de esta medida para remunerar la atención recibida. "Se está volviendo costumbre en algunos rubros pedir propina para servicios que debieran tener incluida la atención dentro del precio", señaló la cuenta de Twitter de Trabejita, dependiente de la secretaría de Estado. Así, se detalló en una gráfica compartida en la red social que, por ejemplo, en una barbería o peluquería no corresponde solicitar al cliente que entregue un monto adicional por este concepto.  
Fotos de referencia: Pixabay.
Fotos de referencia: Pixabay.
 

¿Quiénes pueden pedir propina?

Según lo estipulado en el Artículo 64 del Código del Trabajo, "en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que este manifieste su voluntad en contrario". Asimismo, los trabajadores, como por ejemplo los garzones, tendrán derecho a recibir todas aquellas sumas que por concepto de propinas "entreguen los clientes de dichos establecimientos, sea en forma directa y en dinero en efectivo al trabajador (...) así como tarjetas de crédito, débito, cheques u otros".  

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  En esa línea, la legislación establece que los empleadores en ningún caso "podrán disponer de ellas", por lo que "deberán entregarlas íntegramente a los trabajadores y no podrán efectuar descuentos de ninguna naturaleza sobre las mismas". "Tampoco podrá distribuir las propinas, facultad que solo recae en los trabajadores que las reciben del cliente, las que se entenderán de su propiedad", agrega el artículo.

¿Y si mi empleador se queda con parte de la propina?

En otra publicación de la cuenta del Ministerio del Trabajo, Trabejita recalcó que ningún empleador puede hacerse parte de la repartición de la propina o cobrar un porcentaje de la misma a sus trabajos. En caso de que un empleador lo haga, el canal oficial para ingresar una denuncia es el sitio oficial de la Dirección del Trabajo, dependiente del Gobierno. A este, puedes ingresar apretando este link.
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