Paridad de género ya es ley tras promulgación de Piñera - Chilevisión
20/03/2020 18:28

Paridad de género ya es ley tras promulgación de Piñera

La legislación, firmada en esta jornada por el mandatario, establece medidas previas y posteriores a las elecciones para asegurar dicha composición en el órgano que se encargue de redactar la nueva Constitución en caso de que gane el Apruebo.

Publicado por Paula Aguilera
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El presidente Sebastián Piñera promulgó este viernes la ley que establece la paridad de género en la composición del órgano encargado de redactar la nueva Constitución, en caso de que gane el Apruebo en el plebiscito del próximo 25 de octubre.

“Nuestro gobierno y este presidente tenemos un compromiso de alma y corazón con avanzar con la mayor voluntad y urgencia del mundo hacia un Chile en que mujeres y hombres tengamos los mismos derechos y deberes, y también la misma dignidad y oportunidades”, dijo el mandatario.

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La promulgación se realizó en un acto en La Moneda que no contó con la presencia de invitados debido a la emergencia sanitaria del COVID-19. Acto que posteriormente se compartió en la cuenta oficial de Twitter del mandatario.

"Por emergencia coronavirus, firmé en privado promulgación de ley que establece paridad de género en eventual proceso constituyente. Nuestro gobierno está totalmente comprometido con un Chile en que mujeres y hombres tengamos plena igualdad de derechos, deberes, dignidad y oportunidades", escribió en la red social.

En lo concreto, la ley establece medidas previas y posteriores a las elecciones: para el primer caso, se deben presentar listas paritarias, salvo que las candidaturas sean impares, donde ningún sexo podrá superar al otro en uno. Las listas deberán estar encabezadas por una mujer y luego incluir en orden alternado un hombre y una mujer, lo que se ha llamado el “mecanismo cebra”.

Una vez realizados los comicios, la iniciativa establece que los distritos que eligen un número par de escaños tienen que ser 50% mujeres electas y 50% hombres electos, mientras que en los impares ningún sexo puede superar al otro en más de una candidatura electa. Como ejemplo, si se eligen siete personas, podrá haber un máximo de cuatro hombres o mujeres.

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Si eso no ocurre, se ordenarán los candidatos del sexo sobrerrepresentado de mayor a menor votación y se reemplazará a los que hayan obtenido menos votos por los candidatos del sexo subrepresentado con mayor votación. La corrección se realizará siempre por un integrante del mismo partido o lista.

La iniciativa fue despachada del Congreso el pasado 4 de marzo, luego de su último paso por el Senado, donde obtuvo 28 votos a favor, seis en contra y cuatro abstenciones. En tanto, el plebiscito, originalmente fijado para el 26 de abril, fue aplazado debido a la creciente expansión de la pandemia en el país.

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