El artículo 104 de la Constitución indica que los comandantes en jefe gozarán de inamovilidad. Sin embargo, el mandatario puede llamarlos a retiro antes que completen su período.
En medio de una alta expectación, el presidente Sebastián Piñera confirmó que le pidió la renuncia al general director de Carabineros, Hermes Soto.
En un punto de prensa el mandatario afirmó que hay una crisis dentro de la institución que “se arrastra por demasiado tiempo” y que tienen relación con problemas de probidad, por el abuso en el uso de fuerza de funcionarios y por obstrucción a la justicia.
Esta decisión ocurrió un día después que se revelaran videos que muestran el actuar de los funcionarios del GOPE y FF.EE. en la operación policial que dio muerte a Camilo Catrillanca.
Lee también: Caso Catrillanca: Nuevo video evidencia mentiras y errores cometidos por funcionarios de CarabinerosPese a que Piñera pidió a Soto que dejara su cargo, se ha especulado que él no quiso presentar su renuncia.
El artículo 104 de la Constitución dice que los comandantes en jefe del Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y el general director de Carabineros, gozarán de inamovilidad de su cargo.
Sin embargo, el presidente de la República mediante un decreto fundado previamente a la Cámara de Diputados y al Senado, los puede llamar a retiro antes que completen su respectivo período.
Es por esta razón que Piñera además de confirmar que pidió la renuncia de Soto, agregó que iniciaron los procedimientos necesarios.
Recordemos que, a la petición de renuncia al general director, se sumó la salida de 10 generales del alto mando de la institución.
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