La nueva normativa sanciona la entrega de bombillas, revolvedores, cubiertos y palillos plásticos, además de cualquier contenedor de plumavit. Se implementará de forma gradual y quienes la incumplan se exponen a multas de hasta 20 UTM ($1 millón).
En concreto, la nueva normativa sanciona la entrega de bombillas, revolvedores, cubiertos y palillos plásticos, además de cualquier contenedor de plumavit, en los locales de expendio de alimentos como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda.
Quienes incumplan la nueva normativa se exponen a multas de hasta 5 UTM ($250 mil) por la entrega de cada producto plástico. En tanto, los supermercados que no cuenten con bebidas en formato de botella retornable serán sancionados con una multa de hasta 20 UTM ($1 millón).
Lee también: Plan Paso a Paso: Las comunas que retrocedieron de fase este sábadoLa implementación de la nueva ley será gradual y en agosto de 2024 estará prohibido entregar plásticos de un solo uso para consumo dentro y fuera de los establecimientos. En lugar de ellos, los locales deberán contar con implementos de materiales reciclados.
Mientras tanto, a partir de este domingo los supermercados deberán ofrecer obligatoriamente botellas retornables y tendrán el deber de recibirlas por parte de los clientes. En dos años más, esta obligación se hará extensible a tiendas de conveniencia y almacenes.
Finalmente, para los servicios de delivery, a partir de 2024 solamente podrán utilizar utensilios y envases de plásticos certificados, es decir, que estén elaborados a partir de recursos renovables y puedan ser compostados.