Ana Estrada tiene 45 años y desde los 12 sufre polimiositis, una enfermedad que debilita sus músculos y la mantiene conectada a un respirador artificial durante casi todo el día. Su firme decisión de conseguir una muerte digna, cuando ella misma lo decida, la ha convertido en el primer símbolo de la eutanasia en Perú.
El juez supremo dirimente, Augusto Ruidias Farfán, sumó un cuarto voto, de un total de cinco, a favor del fallo emitido en febrero de 2021, en respuesta a la demanda de amparo presentada por la Defensoría del Pueblo en representación de Ana Estrada.
De acuerdo con la ley, para que una decisión del tribunal supremo quede firme, se requieren cuatro votos a favor de cinco, lo cual se cumplió con la votación del vocal dirimente.
Sin embargo, la Defensoría indicó que queda pendiente resolver el aspecto vinculado al protocolo de actuación para ejecutar el procedimiento médico de la eutanasia, el cual se resolverá el próximo 22 de julio con la intervención de la jueza suprema dirimente, Sara Echevarría.
Estrada tiene 45 años y desde los 12 sufre polimiositis, una enfermedad que debilita sus músculos y la mantiene conectada a un respirador artificial durante casi todo el día. Su firme decisión de conseguir una muerte digna, cuando ella misma lo decida, la ha convertido en el primer símbolo de la eutanasia en Perú.
Tras conocer la decisión judicial, Estrada escribió en Twitter que se encontraba "celebrando que el juez supremo Ruidias se adhirió a favor".
"Hoy ha triunfado la justicia. Ha ganado la vida y el derecho a la autonomía y libertad", agregó la psicóloga de profesión.
Estrada subrayó que se trató también de una lucha feminista por "ser la única dueña de las decisiones sobre mi cuerpo" y agradeció a las activistas que la antecedieron, así como al ex defensor del Pueblo Walter Gutiérrez que sustentó la demanda de amparo, a su abogado y otras personas de su entorno.
Esta lucha es feminista: ser la única dueña de las decisiones sobre mi cuerpo. Así que gracias a las compañeras. A las que nos abrieron la trocha poniendo incluso su vida por los derechos que hoy damos por sentado. (6/6)— Ana Estrada (@anaestradau) July 15, 2022
La Defensoría recordó que la primera sentencia a favor de Estrada aprobó la no aplicación del artículo 112 del Código Penal referido al delito de homicidio piadoso para su caso, de manera tal que reconoció su derecho a decidir sobre el final de su vida, sin que nadie sea perseguido penalmente por ello.
Además, ordenó la elaboración de un protocolo institucional que permita a Estrada ejercer sus derechos en condiciones seguras.
En ese sentido, la institución "confía plenamente" en que la vocal dirimente se pronunciará a favor de su propuesta de protocolo presentada en la demanda de amparo, bajo la consideración de que solo así Estrada podrá ejercer su derecho a "una muerte en condiciones dignas, sin obstáculos".