La iniciativa modifica el Código Penal para tipificar como delito la "alteración de la paz pública mediante la ejecución de actos de violencia" y establece penas para actos como saqueos, barricadas en la vía pública y "el que baila, pasa".
La tarde de este jueves la Cámara de Diputados despachó el proyecto de ley conocido como "antisaqueos", que modifica el Código Penal para tipificar como delito la "alteración de la paz pública mediante la ejecución de actos de violencia".
La iniciativa fue anunciada como parte de la agenda de seguridad anunciada por el presidente Sebastián Piñera tras el estallido social y en ella se establecen penas para actos como saqueos, barricadas en la vía pública y "el que baila, pasa".
✅ APROBADO | Cámara despacha a ley proyecto que tipifica las acciones que atenten contra la libertad de
circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios y fija las penas aplicables al saqueo #LeyAntiSaqueos pic.twitter.com/TlmSOy0lfF— CámaraDiputadosChile (@CamaraDiputados) January 16, 2020
La decisión se adoptó por 84 votos a favor y 64 en contra y, de este modo, el texto quedó listo para ser promulgado como ley de la República. Sin embargo, diputados de oposición han anunciado que lo llevarán al Tribunal Constitucional para su revisión.
El oficialismo manifestó su apoyo a la iniciativa, mientras que hubo división dentro de la oposición en la DC, PR y PS, mientras que el Partido Comunista y el Frente Amplio en su totalidad la rechazaron.
La Cámara aprobó todas las modificaciones hechas por el Senado al documento, entre ellas, se agregó un nuevo artículo que sanciona al que, sin estar autorizado, interrumpa completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia, intimidación o con la instalación de obstáculos.
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La normativa indica que quienes corten el tránsito “mediante violencia o intimidación en las personas” arriesgan penas de entre 61 a 541 días.
El saqueo es considerado como el acto realizado “en circunstancias tales que contribuyan a la sustracción o destrucción de todo o la mayor parte de aquello que había o se guardaba en algún establecimiento de comercio o industrial o del propio establecimiento”.
Para dicha conducta las penas podrían llegar a los 5 años de presidio, lo que podría aumentar en caso que el contexto sea de “calamidad pública” o una catástrofe natural.
Por otro lado, la ley también se refiere al lanzamiento de objetos contundentes, cuyas penas podrían alcanzar los 3 años de cárcel.
Entre los puntos más polémicos de la iniciativa se encuentra la sanción para el denominado “el que baila, pasa”, iniciativa que surgió durante los primeros días del estallido en que automovilistas cortaban el tránsito y sólo permitían el paso a los choferes de los autos que se bajaran a bailar. En dicho caso se estableció la misma pena que para quienes instalen barricadas en las calles.
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