El ente rector del fútbol mundial desestimó el recurso presentado por el abogado Eduardo Carlezzo y ratificó la clasificación de la Tricolor a la cita planetaria.
Durante la jornada de este viernes 10 de junio, finalmente la Comisión Disciplinaria de la FIFA dio a conocer el fallo sobre el caso del jugador de la Selección de Ecuador, Byron Castillo, quien es acusado de ser colombiano e incumplir el reglamento.
Según lo informado por el ente rector del fútbol mundial, se desestimaron todos los cargos presentados en contra del jugador y de la Tricolor, lo que implica que el combinado nacional se queda sin opciones de ir a Qatar.
El pasado 11 de mayo, el ente rector del fútbol mundial, anunció que recogió la demanda presentada por la ANFP mediante el abogado brasileño, Eduardo Carlezzo, confirmando así el inicio de la investigación por posible incumplimiento de los criterios de convocatoria para participar en una selección nacional.
En un comunicado, la FIFA señaló que "tras analizar toda la documentación recibida de las partes, la Comisión Disciplinaria de la FIFA ha decidido cerrar el procedimiento disciplinario iniciado contra la FEF (Federación Ecuatoriana de Fútbol)".
"La se ha notificado hoy a las partes afectadas. De conformidad con el Código Disciplinario de la FIFA, las partes disponen de diez días para solicitar la decisión fundamentada, que, de ser solicitada se publicaría en legal.fifa.com. Esta decisión puede ser recurrida ante la Comisión de Apelación de la FIFA", agregaron.
La Comisión Disciplinaria de la FIFA toma una decisión sobre la convocatoria de Byron David Castillo Segura
— FIFA Media (@fifamedia) June 10, 2022
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Al igual que en la justicia ordinaria, la FIFA cuenta con otras instancias a las que los demandantes y sancionados pueden recurrir en caso de querer apelar por no estar de acuerdo con las resoluciones.
En este caso, si Chile quedó disconforme con fallo, tiene el derecho de acudir a la Comisión de Apelación, la que está conformada por un presidente, un vicepresidente y un número determinado de miembros.
Dicha entidad debe nuevamente estudiar el caso, la sentencia y dar a conocer si mantiene o cambia el veredicto, lo que demorará un par de días. Aún así, hay una última oportunidad para revertir la resolución, la que en este caso será determinada por el conocido TAS.
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS por sus siglas en inglés) es la máxima instancia para solucionar judicialmente los conflictos relacionados con el deporte, no solamente con el fútbol.
A ésta pueden recurrir atletas o personas naturales que se vean comprometidas, incluida una federación de fútbol. Es más, la FIFA la reconoce “a la hora de resolver disputas”.
El inconveniente es que no hay una fecha definida para que el TAS entregue la resolución definitiva, aunque Carlezzo sostuvo este martes que “los plazos alcanzan” y podría ser justo antes del inicio del Mundial, pactado para el 21 de noviembre.
El Código Disciplinario de la FIFA, documento que describe las infracciones de las disposiciones contenidas en la reglamentación, estableciendo cierto tipo de sanciones, es claro en mencionar las consecuencias a las que arriesgan las instituciones y las personas naturales si es que se comprueba la presencia de documentación adulterada.
El artículo 21 sobre falsificación de documentos, indica que toda persona que en el ámbito de cualquier actividad relacionada con el fútbol, cree un documento falso, falsifique un documento existente o utilice un documento falsificado “será sancionada con una multa y con una suspensión que dure al menos seis partidos o un periodo determinado que en ningún caso será inferior a doce meses”.
"Se podrá responsabilizar a las federaciones o a los clubes de la falsificación de documentos cometida por sus oficiales y/o jugadores", añade otro de sus incisos.
Por otra parte, el artículo 22 que habla sobre posibles derrotas por retiradas o renuncia, indica que en caso de que un jugador participe de un partido oficial para el cual no es convocable, “se sancionará a su equipo con la derrota por retirada o renuncia y una multa de 6000 CHF como mínimo. Dicho jugador también podrá ser sancionado”.
“Cuando un equipo sea sancionado con la derrota por retirada o renuncia, se entenderá que el resultado es de 3-0 a favor del equipo adversario en fútbol once, 5-0 en futsal y 10-0 en fútbol playa. En caso de que el equipo adversario hubiera logrado una diferencia de goles más favorable al final del partido, se mantendrá el resultado obtenido en el campo”, añade el segundo inciso.
“En caso de que un jugador participe en una competición sin ser convocable, los órganos judiciales de la FIFA, velando por la integridad de la competición en cuestión, podrán imponer medidas disciplinarias, incluida la derrota por retirada o renuncia, o excluir al club o a la federación de otra competición, según lo estimen oportuno“, precisa el inciso 3.
Sin embargo, todos los puntos mencionados fueron obviados por la FIFA y tanto Castillo como Ecuador participarán en Qatar 2022 tras haber quedado terceros en las eliminatorias sudamericanas.