Plurinacionalidad es uno de los conceptos que cruza todo el texto constitucional y es el mismo que define de forma explícita al Estado de Chile en su artículo primero como un Estado social democrático de Derecho. En concreto, dicha palabra significa que se reconoce la coexistencia de distintas naciones. Asimismo, su aplicación es regional incluso con autonomía democrática. Cabe recordar que en el primer inciso del artículo 1, además se define al Estado como ecológico, haciendo referencia a la relación indisoluble de éste con la naturaleza.