El listado con las 72 empresas cuyos trabajadores no podrán ejercer derecho a huelga
Se trata de una lista elaborada por el Ministerio de Economía, y en la publicación se indica que la Constitución chilena establece que “no podrán declararse en huelga los trabajadores de las corporaciones o empresas, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional".
29/08/2019