Seguro de Cesantía: TODO lo que debes saber para cobrar tu dinero si estás sin trabajo - Chilevisión
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23/03/2025 12:34

Seguro de Cesantía: TODO lo que debes saber para cobrar tu dinero si estás sin trabajo

Ya sea si eras trabajador dependiente o independiente, mientras hayas estado cotizando, podrías solicitar el pago.

Publicado por Josefina Vera

Si eres una persona que recientemente quedó cesante, debes saber cómo puedes cobrar el Seguro de Cesantía, beneficio económico destinado a todos quienes se encuentren afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y que tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Sin embargo, para recibir dinero mientras te encuentres sin empleo necesitas cumplir con una serie de requisitos que te permitirán seguir recibiendo ingresos, según la cantidad que tengas acumulada en tu fondo.

¿Qué necesito para cobrar el Seguro de Cesantía?

En caso de querer optar a este beneficio económico, debes, en primera instancia, haber estado trabajando con un contrato pactado, puesto que del sueldo definido en este, se estimará tu seguro.

Los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía, son:

  • Acreditar cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
  • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
  • Contar las cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

A través del sitio webafiliados.afc.cl, o en una sucursal de la AFC, podrás conocer los detalles de cuánto es el dinero que tienes acumulado para recibir, solamente usando tu clave AFC o Clave Única.

En esta misma página podrás encontrar la opción de "Solicitud de Cobro del Seguro de Cesantía", en donde deberás seleccionar tu último empleador, así como también entregar los datos laborales, personales y de pago.

Cabe destacar que el monto entregado cada mes que siga en cesantía será diferente y estará sujeto a los fondos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Los giros que se te realizarán son:

  • En el primer mes desde la solicitud, se paga el 70% del monto ahorrado en la CIC.
  • En el segundo mes, el 60%.
  • Tercer mes, el 45%.
  • Cuarto mes, el 40%.
  • Quinto mes, el 35%.
  • Sexto mes y más, el 30%.