La normativa despachada el miércoles en el Congreso sólo aplica para la elección de los constituyentes, por lo que tanto la diputada como las expertas explican que “por esencia la convención mixta no podrá ser paritaria, porque lo complejo es la mitad electa por parlamentarios”.
Pese a las discrepancias en torno al mecanismo, la aprobación de la paridad de género en el proceso constituyente se ha convertido en un hito que ha sido celebrado por la mayoría de los sectores políticos, especialmente debido a que Chile es el primer país que impulsa una medida de este tipo para la elaboración de una nueva Constitución.
En lo específico, el proyecto establece medidas previas y posteriores a las elecciones: para el primer caso, se deben presentar listas paritarias, salvo que las candidaturas sean impares, donde ningún sexo podrá superar al otro en uno. Las listas deberán estar encabezadas por una mujer y luego incluir un orden alternado entre un hombre y una mujer, lo que se ha llamado el “mecanismo cebra”.
Una vez realizados los comicios, se establece que los distritos que eligen un número par de escaños tiene que ser 50% electas y 50% electos, mientras que en los impares ningún sexo puede superar al otro en una candidatura electa. Como ejemplo, si se eligen 7 personas, podrá haber un máximo de 4 hombres o mujeres.
Si eso no ocurre, se ordenarán los candidatos del sexo sobrerrepresentado de mayor a menor votación y se reemplazará a los que hayan obtenido menos votos por los candidatos del sexo subrepresentados con mayor votación. La corrección se realizará siempre por un integrante del mismo partido o lista.
Lee también: Mónica Rincón y paridad: "La norma más importante no podía escribirse sin que la voz de las mujeres tuviera igual peso”En el plebiscito del próximo 26 de abril, los votantes deberán escoger entre Apruebo y Rechazo y también escoger entre el mecanismo que deberá redactar una nueva Constitución, en caso de ganar esa opción.
Entre las opciones se encuentra la convención constitucional, integrada por 155 constituyentes electos por la ciudadanía, y la convención mixta constitucional, integrada por 172 integrantes, 86 parlamentarios y 86 constituyentes.
De este modo, una de las preguntas que más se ha repetido es cómo aplicará el mecanismo para la convención mixta constitucional, dado que la normativa aprobada el miércoles sólo se refiere a la elección de los constituyentes.
Lee también: Manuel José Ossandón: "Hay gente en el Gobierno que no estaba de acuerdo con la paridad"La diputada Gael Yeomans (Convergencia Social) afirmó que la paridad de género sólo estará asegurada si en el plebiscito del 26 de abril gana la primera opción: “Solamente vamos a tener paridad real si es que tenemos Convención Constitucional, no así con la Convención Mixta (...) Sabemos que en la composición actual del Congreso las mujeres somos solo el 23%, por lo tanto, no vamos a estar bien representadas en la Convención Mixta”.
En la misma línea Carolina Garrido, integrante de la Red de Politólogas -que impulsó la iniciativa-, señaló que “por esencia la convención mixta no podrá ser paritaria, porque lo complejo es la mitad electa por parlamentarios”.
“El proyecto asegura la paridad o el equilibrio de género en los distritos impares, pero de la gente que es electa democráticamente. Si resulta la Convención Mixta, para que sea paritaria tendrían que irse todas las diputadas y senadoras a integrar la convención y eso implica que el Congreso va a quedar sin ninguna mujer y van a quedar sólo hombres. Eso es bastante inaceptable”, agregó.
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